Estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales

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La Comisión Organizadora de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado de la Comunidad de Castilla y León determinará las medidas oportunas que garanticen que los estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad puedan realizar tanto la fase general como la específica en condiciones de igualdad.

Las medidas podrán consistir en:

  • Adaptación de los tiempos.
  • Medios materiales y humanos, asistencias y apoyos, ayudas técnicas que precise el estudiante para la realización de las pruebas.
  • Accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos.
  • Accesibilidad del recinto o espacio físico donde se desarrollen las pruebas.

La determinación de estas medidas se hará basándose en las adaptaciones curriculares cursadas en bachillerato, las cuales estarán debidamente informadas por los correspondientes servicios de orientación.

El tribunal podrá requerir informes y colaboración de los órganos técnicos competentes de las Administraciones educativas de los centros donde hayan cursado bachillerato los estudiantes con discapacidad.

NORMATIVA

Resolución de 8 de abril de 2014, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se acuerda la publicación del procedimiento para la solicitud de adaptaciones en las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las Universidades Públicas de Castilla y León para estudiantes de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Superior que presentan necesidades educativas especiales u otras debidamente justificadas.

ORDEN EDU/490/2014, de 10 de junio, relativa a la exención extraordinaria en materias de bachillerato para el alumnado con necesidades educativas especiales.