COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS AUTONÓMICOS



COMPLEMENTOS RETRIBUTIVOS AUTONÓMICOS

NORMATIVA

  • Decreto 132/2002, de 19 de diciembre, por el que se aprueban los complementos retributivos autonómicos, para el personal docente e investigador funcionario de las Universidades Públicas de la Comunidad de Castilla y León.
  • Resolución de 19 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Relaciones e Intermediación Laboral, por la que se ordena la publicación, registro y depósito del «Acuerdo de la Junta de Castilla y León (Consejería de Educación), las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid y las Organizaciones Sindicales CC.OO., FETE-UGT y CSI-CSIF, para la mejora retributiva del personal docente e investigador de las Universidades Públicas de Castilla y León».
     

PROCEDIMIENTO

  • Requisitos:
    • - Complementos retributivos autonómicos: Los exigidos en el artículo 4 del Decreto 132/2002, de 19 de diciembre (B.O.C. y L. del 20)
    • - Mejora retributiva para los profesores Titulares de Escuela Universitaria no doctores: Los exigidos en el Apartado Segundo de la Resolución de 19 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Relaciones e Intermediación Laboral (B.O.C. y L. de 13 de enero de 2004)
  • Presentación de solicitudes: se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Salamanca
  • Plazo: 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificación del escrito que le enviará el Servicio de Profesorado.
  • Lugar:De conformidad con lo establecido en el artículo 3.2.a) de la Resolución de 20 de octubre de 2016, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se publica el Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, (BOCyL de 31 de octubre de 2016): «2. Las personas que se relacionen por medios electrónicos con la Universidad de Salamanca tendrán el deber:

    De presentar sus solicitudes y realizar el resto de trámites que correspondan en los procedimientos en que participen utilizando los medios electrónicos que la Universidad de Salamanca ponga a su disposición a través de su sede electrónica». En el registro electrónico de la Universidad de Salamanca en Sede Electrónica, https://sede.usal.es/opencms/opencms/es/Sobre_la_Sede/Registro_Electronico/index.html

    En las Oficinas de Registro de los Centros y del Rectorado, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Normativo sobre «Organización y Funcionamiento del Registro Único automatizado de la Universidad de Salamanca» (BOCyL de 9 de junio de 2000).

Contacto

Horario de atención:
De 9:00 a 14:00 horas en días laborables
Jefe de Servicio:
Juan M. Caballero Jimeno