Qué debo hacer si no puedo acudir a votar

Qué debo hacer si no puedo acudir a votar

Palabras CLAVE: 
Contenido (Respuesta): 

 El art. 30 del Reglamento Electoral de la Universidad  regula el voto por correo. 
"1. Las Juntas Electorales competentes admitirán, por circunstancias académicas o personales graves, el voto por correo.
2. A los efectos de facilitar el voto por correo, la Junta Electoral elaborará con la máxima antelación posible las papeletas y sobres normalizados con los que se pueda ejercer este derecho.
3. El voto por correo se ajustará a las siguientes condiciones:
a) El sobre de votación por correo incluirá, junto al sobre normalizado y cerrado donde, en su caso, se encuentre la papeleta de votación, los datos del votante, la justifi cación documental de las causas del voto por correo y una fotocopia del DNI o su equivalente en el caso de los miembros de la Comunidad Universitaria no nacionales.
b) El sobre de votación por correo, que contiene el sobre normalizado y cerrado con la papeleta de votación, deberá indicar el nombre y apellidos del votante, el tipo de elección correspondiente y, en su caso, el sector al que se encuentra adscrito/a. Deberá además encontrarse cerrado y fi rmado en su exterior cruzando la solapa, de tal forma que se garantice el carácter personal y secreto del voto.
c) Dicho sobre de votación por correo deberá dirigirse a la Junta Electoral competente. El Presidente/a de la misma custodiará los sobres y velará por que estos sean trasladados a la correspondiente Mesa Electoral sin sufrir modifi cación alguna y antes de la hora de fi nalización de las votaciones.
d) En todo caso, solo se admitirán los votos por correo que obren en poder de la Junta Electoral competente veinticuatro horas antes del cierre de la votación.
e) El voto por correo podrá formalizarse a través del correo ordinario o de una empresa de transporte, o bien entregándolo a la Junta Electoral competente el propio interesado/a. En este caso la Junta Electoral competente exigirá la acreditación de la identidad del votante. El posible coste económico de la emisión del voto por correo será asumido por el/la votante."
Si por circunstancias académicas o personales graves no puedes acudir a votar el día previsto en el correspondiente calendario, ponte en contacto con la Junta Electoral competente en la correspondiente elección para poder realizar el voto por correo.