Anulación de matrícula y devolución de precios



Anulación de matrícula y devolución de precios

ANULACIÓN DE MATRÍCULA: 

Ningún tipo de anulación de matrícula, llevará reintegro de los precios públicos abonados ni la extinción de los pagos pendientes, salvo lo establecido en el apartado "Devolución de precios".

Las anulaciones de matrícula podrán solicitarse:

  • En el curso académico correspondiente siempre que existan circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, que deberán apreciarse en el Centro.
  • Por razones de permanencia, dentro del plazo de seis semanas desde el comienzo del cuatrimestre correspondiente, y siempre referido a asignaturas que en esos momentos no hayan concluido ni hayan sido evaluadas, teniendo la misma consideración que si el estudiante no se hubiera matriculado.
  • No podrá formalizarse la anulación de matrícula hasta haber satisfecho el estudiante todos los pagos pendientes con la Universidad.

 

DEVOLUCIÓN DE PRECIOS:

El pago del precio público se exigirá desde el inicio de la prestación del servicio que, según el calendario académico aprobado por el Consejo de Gobierno para el curso 2019/20, comienza el día 10 de septiembre de 2019.

Procederá la devolución de precios en los siguientes casos:

a) Pagos por formalización de la matrícula sin cumplir los requisitos para la admisión, no existiendo ya plazas u otra circunstancia similar.

b) Suspensión de la actividad a que se refiere el precio.

c) Cambios sustanciales en los horarios o en el programa de la actividad.

d) Ingreso erróneo (pagos por concepto distinto, error en la cuenta de ingreso, ingreso superior al que correspondería, ingreso doble, etc.).

e) Anulación de matrícula por adjudicación de plaza en otra titulación preferente en el proceso de preinscripción, admisión y matrícula en las Universidades de Castilla y León y siempre que se trate de estudiantes de nuevo ingreso que no hayan iniciado estudios universitarios.

f) Anulación  de  matrícula  por  cambio  de  titulación  dentro  de  la Universidad de Salamanca.

g) Anulación de la matrícula para una actividad específica por no haber cubierto  los  requisitos  académicos  previos  exigibles  para  poder realizarla. En el caso de los Trabajos Fin de Grado y Fin de Máster la anulación con derecho a devolución se podrá realizar una sola vez por título académico.

h) Anulación total de matrícula antes de la fecha de apertura del curso académico establecida en el calendario oficial aprobado por el Consejo de Gobierno. A los efectos de aplicación de este supuesto, se considerará que la Universidad de Salamanca inicia la prestación del servicio desde la mencionada fecha.

i) Modificación de matrícula de asignaturas (anulaciones o cambios) durante la semana siguiente a la finalización del plazo oficial de matrícula correspondiente de cada curso académico, según el trámite previsto en los Procedimientos de matrícula en titulaciones oficiales de Grado y Máster que se aprueban por la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno para cada curso académico.

j) Reconocimiento de los créditos correspondientes.

k) Beca u otra ayuda pública concedida que cubra el precio público correspondiente.

En ningún caso procederá la devolución de las tarifas por formalización o gestión del expediente ni del seguro escolar liquidado.

Normativa aplicable: 

PROCEDIMIENTOS DE MATRÍCULA EN TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER (Aprobado por la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno el 23 de mayo de 2019).

Base 67ª de Ejecución Presupuestaria para 2019

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