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Durante el período medieval y moderno, las rentas universitarias se fundamentaban, por concesión regia y pontificia, en una participación en el diezmo eclesiástico generado en el obispado salmantino y territorio comprendido en la abadía de Medina del Campo (las tercias). Con estas rentas privilegiadas y otras complementarias, a partir de la acumulación de un importante patrimonio inmobiliario y mobiliario, se financiaban unas 60 cátedras, temporales y vitalicias, agrupadas en cinco facultades oficiales: Cánones, Leyes, Teología, Medicina y Artes-Filosofía, y enseñanzas complementarias de Humanidades, Lenguas, Matemáticas y Música. Finalmente, la construcción de las Escuelas Mayores y Menores, en los siglos XV y XVI, permitía a la Universidad disponer de un espacio propio para impartir sus clases, que sustituirá a las dependencias catedralicias y otros locales, alquilados o cedidos hasta entonces para este fin.

Las reformas liberales del siglo XIX marcarán un antes y un después en la evolución histórica de la Universidad de Salamanca. La ley de instrucción pública del año 1857 (Ley Moyano) encuadró definitivamente a la Universidad salmantina y la enseñanza general del país dentro del nuevo régimen liberal y centralista, después de un largo proceso de casi 50 años de proyectos y reformas (como el Plan Pidal de 1845). Tras la Ley Moyano, la Universidad de Salamanca quedó reducida a las facultades de Derecho, Teología (suprimida definitivamente en 1868) y Filosofía y Letras. El papel hegemónico tradicional de la Universidad de Salamanca, como el de las otras “mayores” (Valladolid y Alcalá) pasó a Madrid, distrito central predominante. Las enseñanzas de Medicina y Ciencias serían financiadas, como facultades libres, desde el año 1869 por la Diputación y el Ayuntamiento de Salamanca, hasta el año 1904, en el que, durante el rectorado de Miguel de Unamuno, se consigue su financiación estatal.

En el marco del programa desamortizador de Mendizábal, la ley de 1837 extinguía los diezmos eclesiásticos, que constituían la fuente de financiación fundamental de la Universidad de Salamanca. En adelante, la universidad se financiará a partir de los derechos de matrícula y académicos, así como de las cantidades otorgadas por los presupuestos generales del Estado.

En julio de 1943, en el marco de una nueva ordenación política, se promulga la Ley de Ordenación Universitaria para toda España. Tras las oportunas depuraciones, la Universidad quedó vinculada a las ideologías dominantes del nacional-catolicismo tradicionalista, la Falange y los principios del movimiento. La rigidez administrativa, el control político y la jerarquía constituían la norma. Y en el marco de las aceleradas transformaciones sociales de los años sesenta, la Ley Villar Palasí (1970), concedía cierta autonomía a las universidades en materia de docencia e investigación.

La aprobación y publicación en el año 1983 de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, L.R.U., ponía punto final a los restos del modelo liberal decimonónico y daba comienzo a una nueva etapa de amplia autonomía universitaria y transformaciones vertiginosas en todos los ámbitos. En este contexto, son aprobados los Estatutos de la Universidad de Salamanca por real decreto de 29 de mayo de 1985 (B.O.E. de 27 de julio), con ciertas reformas del año 1988. Por último, en aplicación de la Ley Orgánica de Universidades, de diciembre de 2001, son aprobados, el 30 de enero de 2003, nuevos estatutos de la Universidad de Salamanca por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. de 3 de febrero de 2003).

En relación con la población estudiantil se producen incrementos notables: a mediados de los años ochenta se superan los 20.000 alumnos, y vuelven a superarse los 30.000 a mediados de los noventa. Como consecuencia de la mayor afluencia estudiantil se realiza una considerable inversión en nuevos espacios y edificios académicos: el ejemplo manifiesto lo constituye el nuevo “Campus Miguel de Unamuno”, desarrollado desde fines de los años ochenta y en paralelo al ámbito tradicional de los entornos del ámbito de Escuelas. Por último, en el año 1995 culminan los acuerdos para la transferencia de competencias, desde el Ministerio de Educación y Ciencia a la Junta de Castilla y León, sobre las cuatro universidades públicas (Salamanca, Valladolid, Burgos y León), correspondiendo a la Comunidad asumir una variedad de funciones gestoras respecto a la Universidad.
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