Trámite
Admisión en Másteres Oficiales y Doctorados (desde estudios internacionales)
- Código/Referencia
- Estado
- Descripción
Los estudiantes que estén en posesión de un título de educación superior extranjero y pretendan cursar en España estudios de Posgrado podrán acceder a estos previa homologación de aquel al título español que habilite para dicho acceso, de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa vigente al respecto.
Los aspirantes a que se refiere el artículo anterior podrán igualmente acceder a los estudios de Posgrado mediante resolución del Rectorado de la Universidad de Salamanca, con arreglo a lo especificado en los apartados siguientes.
La solicitud de acceso se dirigirá al Rector de la Universidad de Salamanca acompañada de la siguiente documentación debidamente traducida al castellano:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, compulsada por la Universidad de Salamanca, o debidamente legalizada.
b) Título de grado, o nivel académico equivalente, debidamente legalizado.
c) Certificación de las asignaturas cursadas, con mención de su denominación, duración y calificaciones, debidamente legalizada.
d) Certificación original de que el título que ostenta faculta en el país expedidor para el acceso a estudios de posgrado.
e) La documentación complementaria que le solicite la Comisión de Posgrado o los órganos intervinientes en el procedimiento de admisión.
El Rectorado remitirá la solicitud al Decano del Centro que tenga asignada la organización de las enseñanzas correspondientes al título al que se pretenda asimilar la titulación extranjera, con el fin de que sea emitido el informe correspondiente en el plazo improrrogable de un mes. Este informe expresará si el título extranjero presentado por el interesado acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Grado y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Posgrado
Recibido el informe del Centro, el Rectorado lo elevará a deliberación de la Comisión de Posgrado, que resolverá sobre la equivalencia y la consiguiente posibilidad de acceso a los estudios de Posgrado.
En caso de denegación, el aspirante podrá elevar las alegaciones que considere oportunas en el plazo de quince días a la Comisión de Posgrado, que resolverá definitivamente.
Una vez denegada definitivamente la solicitud, en ningún caso procederá la matrícula condicionada a una ulterior reconsideración del caso u homologación oficial del título.- Gestión telemática
- Fecha de solicitud desde
- Fecha de solicitud hasta
- Comentario plazo de solicitud
- Lugar de presentación
- Otros datos de interés
- Documentación necesaria
- Regulations
- Organismo que tramita
- Junta de Castilla y León
- Organismo que resuelve
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