Cálculo de la Nota de Admisión

Las universidades públicas utilizarán, para la adjudicación de las plazas, la nota de admisión que corresponda, que se calculará con la siguiente fórmula y se expresará con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior:

                             Nota de admisión=NMC+a*M1+b*M2

NMC(1)=Nota media del ciclo formativo

M1,M2= las calificaciones de un máximo de dos ejercicios superados de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión

a,b= parámetros de ponderación de los ejercicios de la fase específica

(1) Títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo Superior de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación: la nota media se calculará según las normas establecidas para cada título.

Títulos de Formación Profesional anteriores a la Ley Organica 2/2006: la nota media se calculará según la Resolución de 4 de junio de 2001 de la Dirección General de Universidades.

Título de Graduado en Artes Aplicadas: (Decreto 2127/1963, de 24 de julio; Reales Decretos 799/1984, de 18 de marzo y 942/1986, de 9 de mayo), equivalentes a los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación: la nota media será la calificación final de la Reválida o, en su caso, la calificación final del ciclo formativo de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

Título de Perito en Cerámica Artística y Perito en Técnica Cerámica (Decreto 18 de febrero de 1949) y título de Graduado en Cerámica (Orden de 10 de julio de 1984), equivalentes a los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación: la nota media vendrá dada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las materias cursadas.

Título de Técnico Deportivo Superior (Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre): la nota media se calculará de acuerdo con lo regulado en la disposición decimotercera de la ORDEN ECD/454/2002, de 22 de febrero.

Títulos declarados equivalentes a efectos académicos al título genérico de Técnico Superior o de formaciones declaradas homologadas al título de Técnico Deportivo Superior: la nota media será la que figure en el expediente del solicitante. En caso de no especificarse ésta será de 5 puntos.

Estudios extranjeros convalidables por los de formación profesional: según Resolución de 7 de mayo de 1996.