Geotecnologías aplicadas a Construcción, Energía e Industria (Pendiente de verificación)
Organización del Programa
Directores de la tesis de doctorado
En el plazo máximo de tres meses desde su matriculación, la Comisión Académica del Programa de Doctorado asignará a cada doctorando/a un/a Director/a de tesis. El/la Directora/a de la Tesis será el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de formación, del impacto y novedad en su campo, de la temática de la tesis y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a la de otros proyectos y actividades donde se inscriba el/la doctorando/a.
Podrá ser Director/a de tesis cualquier doctor español o extranjero, con experiencia acreditada investigadora, con independencia de la universidad, centro o institución en que preste sus servicios.
En el caso de que un/a profesor/a del programa cumpla los requisitos para ser Director/a y Tutor/a asumirá las dos funciones, de ser el caso. El número de tutores/as y/o Directores/as que pueden participar como Tutores/as o Directores/as de la tesis de doctorado vendrá dado por la Normativa propia de cada Universidad.
En el caso que el/la Director/a no tenga vinculación permanente con la universidad o entidad colaboradora del programa o no sea profesor del programa, el programa asignará un Tutor/a que cumpla los requisitos establecidos en el Reglamento de Estudios de Doctorado de la Universidad.
La tesis podrá ser codirigida cuando concurran razones de índole académico o cuando la interdisciplinariedad temática o los programas desarrollados en colaboración nacional o internacional así lo justifiquen. En todo caso la codirección deberá ser previamente autorizada por
la Comisión Académica del Programa de Doctorado. Dicha autorización podrá ser revocada con posterioridad si a juicio de la Comisión Académica del Programa de Doctorado la codirección no beneficia el desarrollo de la Tesis. Los/as codirectores/as de la tesis deberán cumplir los mismos
requisitos que los establecidos para los/as Directores/as en el presente Reglamento.
Documento de Actividades de el/la doctorando/a
Una vez matriculado en el Programa, se materializará para cada doctorando/a el documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado. En el se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo de el/la doctorando/a según lo que establezca la unidad responsable de los estudios de doctorado en la universidad y será evaluado anualmente por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
Dicho documento deberá ajustarse al formato establecido, registrarse en la aplicación informática y deberá quedar constancia documental que acredite la realización de las actividades realizadas por el/la doctorando/a. El/la doctorando/a tendrá acceso al Documento de Actividades de Doctorando para anotar y actualizar las actividades que realice en el contexto del programa. Sus registros serán validados por el órgano académico correspondiente tras la valoración de el/la Tutor/a y Director/a, previa comprobación por parte de la administración de la autenticidad/veracidad de los méritos alegados, de ser el caso.
Al Documento de Actividades de Doctorando tendrán acceso, para las funciones que correspondan en cada caso, el/la doctorando/a, o su Tutor/a, o su Director/a de tesis, la Comisión Académica del Programa de Doctorado (CAPD), la unidad responsable de los estudios de doctorado en la
universidad y el personal de administración responsable.
Plan de Investigación
Antes de seis meses a contar desde la fecha de la matrícula el/la doctorando/a elaborará un Plan de Investigación que incluirá la metodología que empleará y los objetivos que se han de alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para alcanzarlos. El plan deberá ser presentado y
avalado con el informe de el/la Director/a y de el/la Tutor/a y deberá ser aprobado por la CAPD. Este plan se podrá mejorar y detallar en el proceso de evaluación anual contando con el aval de el/la Tutor/a y el/la Directora/a.
Anualmente la Comisión Académica del Programa de Doctorado evaluará el Plan de investigación y el Documento de Actividades y dispondrá para realizar la evaluación de los informes que a tal efecto deberán emitir el/la Tutor/a y el/la Directora/a. La evaluación positiva será requisito
indispensable para continuar en el Programa. En el caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el/la doctorando/a deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, para lo que elaborará un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de producirse una nueva
evaluación negativa, el/la doctorando/a causará baja definitiva en el Programa.
Compromiso de supervisión
Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los/las doctorandos/as se reflejará en un Compromiso de supervisión. Dicho compromiso será firmado por una representación específica designada por la universidad, el/la Tutor/a y el/la doctorando/a en un plazo máximo de tres meses a
contar desde la fecha de matrícula, incorporándose la firma de el/la Director/a en el momento de su designación. Este Compromiso de supervisión se incorporará al Documento de Actividades del/la doctorando/a en el momento de su firma por todos los implicados En el Compromiso de supervisión se especificará la relación académica entre el/la doctorando/a y la Universidad, sus derechos y deberes, incluyendo los posibles derechos de propiedad intelectual y/o industrial derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución
de conflictos y la duración del mismo. Se incluirán también los deberes de el/la Tutor/a de el/la doctorando/a y de su Director/a de tesis.
En el compromiso de supervisión deberán figurar las condiciones en las que se publicará la tesis de doctorado.
Documento de Actividades de el/la doctorando/a
Una vez matriculado en el Programa, se materializa, para cada doctorando/a el documento de actividades personalizado a efectos de registro individualizado. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo de el/la doctorando/a según lo que establezca la normativa
universitaria y las especificaciones de cada Programa de Doctorado y será evaluado anualmente por la CAPD.
El Documento de Actividades de el/la Doctorando/a se deberá ajustar al formato establecido, registrarse en la aplicación informática y deberá quedar constancia documental que acredite la realización de las actividades realizadas por el/la doctorando/a.
El/la doctorando/a tendrá acceso al Documento de Actividades para anotar y actualizar todas las actividades que realice en el contexto del Programa. Sus registros serán validados por el órgano académico correspondiente tras la valoración de el/la Tutor/a y el/la Directora/a de tesis, previa comprobación por parte de la administración de la autenticidad/veracidad de los méritos alegados, de ser el caso.
Al Documento de Actividades del/la doctorando/a tendrán acceso, para las funciones que correspondan en cada caso, el/la doctorando/a, su Tutor/a, su Director/a de tesis, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, el órgano/unidad responsable de los estudios de doctorado
en la universidad y el personal de administración responsable.
Seguimiento del Plan de Investigación
Anualmente la comisión académica del programa evaluará, según la Normativa particular de aplicación en cada Universidad participante en el Programa de Doctorado, el Plan de investigación y el documento de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir e/la Tutor/a y
el/la directora/a. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa.
En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el/la doctorando/a deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación.
En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el/la doctorando/a causará baja definitiva en el programa.
El/la doctorando/a podrá presentar alegaciones ante la Comisión de Doctorado en el plazo de diez días naturales desde que le sea comunicada la valoración negativa.
Las previsión de estancias de los doctorandos en otros centros de formación nacional e internacional, co-tutelas y menciones europeas, son las siguientes, según los indicadores de cursos anteriores, es posible estimar un porcentaje de un 60-70% de realización de tesis con mención de
Doctorado Internacional.
Normativa para la presentación y lectura de la tesis doctoral
Todas las Universidades españolas aceptarán la norma general que se propone por coherencia con el Real Decreto 99/2011, de 28 de Enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
Descripción del Título
- Coordinador/a:
- Diego González Aguilera (USAL)
Pedro Arias Sánchez (U. de Vigo) - Título:
- Doctor/a por la Universidad de Salamanca, la Universidad de Vigo, y la Delft University of Technology
- Número de plazas de nuevo ingreso:
- 10
- Coste en euros:
- Pendiente de publicación para el curso 2013/2014
- Becas, ayudas y de movilidad:
- Nacional
Internacional