Novedades
Acción Social 2011
Reunida la Mesa de Negociación de la Universidad de Salamanca el día 14 de diciembre de 2012, acordó elevar al Rector propuesta de adjudicación de ayudas sociales correspondientes al ejercicio 2011, de acuerdo con lo previsto en el Programa de Acción social para dicho ejercicio. En el día de hoy se ha publicado en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web del Servicio de Retribuciones y Seguridad Social (http://www.usal.es/webusal/node/27709) la resolución del Rector concediendo dichas ayudas, así como listados por N.I.F. de beneficiarios/ as e importes adjudicados, así como de personas cuya solicitud ha sido desestimada.
Incapacidad Temporal
Acuerdos de la Mesa de Negociación de la Universidad de Salamanca sobre el régimen de prestación complementaria durante la situación de incapacidad transitoria del personal de la Universidad, en aplicación de lo establecido en el Real Decreto‐ley 20/2012.
Información sobre el Acuerdo de Acción Social de 2011 y 2012
La reducción, en el entorno de los 7,5 millones de euros en 2012, de la aportación de las transferencias corrientes autonómicas al presupuesto universitario, unida a la incertidumbre sobre el efecto que tendrá sobre el presupuesto de ingresos el crecimiento de los precios públicos académicos, hace necesaria la adopción transitoria, condicionada a la evolución de la ejecución presupuestaria, de algunas medidas que permitan que el saldo presupuestario en 2012 no presente déficit.
La actual situación económica de la Universidad, basada en los buenos resultados logrados en los ejercicios anteriores y en la moderada ejecución del actual, hace posible que tales medidas no deban resultar traumáticas.
Para ello, y siendo la voluntad de la Universidad el mantenimiento del empleo y de los compromisos adquiridos en los diferentes órganos de gobierno, como asimismo con los órganos de representación, resulta necesaria una actuación sobre los criterios de acción social para evitar que el incremento de los precios públicos se traslade automáticamente a un crecimiento de los créditos para becas de mantenerse la cobertura de las becas para estudios universitarios, a fin de no incrementar su montante global y para diferir al próximo ejercicio el pago del resto de las ayudas, en función de las disponibilidades presupuestarias.
En consecuencia con lo anterior, el Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el día 28 de junio de 2012, aprobó el Acuerdo de la Mesa de Negociación sobre Acción Social de fecha 26 de junio de 2012. Dicho acuerdo, que se ha publicado en el tablón de anuncios del Rectorado y la página web del Servicio de Retribuciones y Seguridad Social: http://www.usal.es/webusal/node/22738, establece:
- Que la resolución de la convocatoria de Acción Social del año 2011 se realizará en los siguientes plazos:
o La resolución de las becas por estudios universitarios que, en una parte importante, se han tramitado mediante la exención de pago provisional por parte de los interesados, se adoptará dentro del año 2012.
o la resolución y ejecución del resto de ayudas y el pago de las mismas se llevarán a cabo en el primer trimestre del año 2013.
- Que la acción social para el año 2012 se concretará en el programa de becas para estudios universitarios en la Universidad de Salamanca (en adelante USAL); en el anexo al acuerdo se contiene el régimen de las becas para estudios en la USAL, que puede consultarse en la dirección web antes indicada. La ayuda por estudios comprenderá parte de la cuantía del precio público, atendiendo a la dedicación y duración de la relación de servicio con la Universidad durante el año inmediatamente anterior al plazo de matrícula (a los solos efectos de la aplicación del acuerdo, y con el fin de homogeneizar el derecho a la percepción de las ayudas, se considerará fecha de inicio del plazo de matrícula el día 1 de julio de cada año) en los siguientes términos:
• Personal que haya prestado servicios a tiempo completo durante el año inmediatamente anterior al plazo de matrícula: exención máxima del 75%.
• Personal que haya prestado servicios a tiempo parcial durante el año inmediatamente anterior al plazo de matrícula: exención máxima del 35%.
• Los anteriores porcentajes se verán reducidos proporcionalmente en el caso de personal que no haya prestado servicios durante la totalidad del año inmediatamente anterior a la fecha de inicio del plazo de matrícula. Asimismo, podrán variar cuando durante una parte del año se hayan prestado servicios a tiempo parcial y durante otra a tiempo completo.
Las ayudas cubrirán los porcentajes recogidos en el acuerdo del precio público de la primera matrícula de las enseñanzas organizadas por la Universidad de Salamanca cuya obtención dé derecho a la obtención de los títulos oficiales a los que se refieren los artículos 34.1 y 37 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades (diplomatura, licenciatura, grado, máster universitario y doctorado). Por tanto, no están cubiertos:
- las matrículas correspondientes a las pruebas de acceso a la Universidad
- las segundas y sucesivas matrículas
- el reconocimiento de créditos de titulaciones anteriores previo a la realización de los cursos de adaptación al grado
- los estudios en otras universidades
El personal que desee obtener estas ayudas ha de presentar solicitud de beca de estudios en la USAL en el momento de formalizar la matrícula.El modelo está disponible en la página web del Servicio de Retribuciones y Seguridad Social. http://www.usal.es/webusal/node/22738. Junto con la solicitud es necesario aportar la siguiente documentación:
- Informe en el que conste la relación laboral o estatutaria existente entre la USAL y el/la empleado/a que genera el derecho a la exención. Este informe está disponible en el Portal de Servicios de la USAL (Mi USAL), al igual que sucede con las nóminas y el certificado de retenciones para la declaración de la renta. Quienes tengan problemas para obtenerlo, deberán dirigirse a la Unidad de atención al usuario de los Servicios Informaticos (ext. 1111) que en la mayoría de los casos resolverá dichos problemas. Si, pese a ello, no fuera posible obtenerlo, se les facilitará en la Sección de Pagos complementarios y Acción social (ext. 1118, e-mail asocial@usal.es).
- Copia del libro de familia que justifique el parentesco de la persona que se matricula con el/la empleado/a de la USAL. En el caso de pareja de hecho, certificado del registro correspondiente en el que se haga constar la inscripción como tal.
A la vista de la solicitud y la documentación antes indicada, la secretaría de alumnos correspondiente aplicará provisionalmente la exención que corresponda, de acuerdo con las reglas antes mencionadas. Posteriormente, remitirá toda la documentación a la Sección de Pagos complementarios y Acción Social (Servicio de Retribuciones y Seguridad Social), que deberá comprobar si las exenciones aplicadas cumplen todas las condiciones exigidas en el Acuerdo de Acción Social para elevar propuesta de concesión a la Comisión de Acción Social. La Comisión, en el marco de las disponibilidades presupuestarias, acordará la concesión de las ayudas que correspondan, elevando al Rector la propuesta de resolución.
En el supuesto de que la resolución final de las ayudas determine una exención menor a la aplicada provisionalmente, el Servicio de Retribuciones y Seguridad Social comunicará esta circunstancia al interesado y a la Secretaría de alumnos correspondiente, con indicación de la cantidad a devolver. El/la interesado/a deberá proceder a la realización del ingreso del importe correspondiente a la cuenta de la Universidad que se le indique en el plazo que la secretaría de alumnos le otorgue al respecto.
Para resolver cualquier duda o aclaración respecto al contenido de este mensaje, puede dirigirse a la Sección de Pagos complementarios y Acción social (ext. 1118, e-mail asocial@usal.es).
Servicio de Retribuciones y Seguridad Social
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