Máster en práctica jurídica
Perfil de Ingreso
Se requiere ser Licenciado en Derecho. Para los extranjeros, no es preciso que el título de Licenciado esté homologado en España.
Admisión por riguroso orden de preinscripción. Se considerará, si procede, el curriculum vitae
Se dirige a Abogados, Procuradores, licenciados en Derecho y, excepcionalmente, mediante matrícula condicional, alumnos del último curso de la licenciatura con dos asignaturas pendientes. En general, a Licenciados en Derecho que enfoquen su actividad profesional al ejercicio de la asesoría y defensa jurídica, tanto en despachos, juzgados y tribunales, como en empresas o entidades de todo tipo.
Tradicionalmente la legislación española, a diferencia de lo que ocurre en los restantes países de la Unión Europea, ha permitido el libre acceso a las profesiones de Abogado y de Procurador, bastando acreditar la licenciatura de Derecho, y la colegiación en un Colegio de Abogados o de Procuradores. La Ley 34/2006 de 30 de noviembre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, modifica esa situación al exigir una formación previa en la Escuelas de Práctica Jurídica y una evaluación de la aptitud profesional como requisito para poder obtener el título profesional de abogado o procurador y poder ejercer estas profesiones. Con ello, se regula la labor de formación de las Escuelas de Práctica Jurídica. Y la Orden del Ministerio de Justicia de 3 de junio de 1997 establece entre los requisitos mínimos de formación y especialización para prestar los servicios de asistencia jurídica gratuita, estar en posesión del diploma de una Escuela de Práctica Jurídica. El RDLey 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles dejó de exigir este requisito para los matriculados en 2007, habiéndose presentado una nueva enmienda por el PP según la cual "Los títulos profesionales que se regulan en esta ley no serán exigibles a quienes obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes".
En todo caso la función social de la Abogacía y de la Procura, consistente en el asesoramiento, defensa y representación jurídica de derechos e intereses ajenos, exige completar la formación jurídica adquirida en la Universidad, con una adecuada formación práctica, específicamente dirigida al ejercicio de estas profesiones.
La sociedad en general, la propia Abogacía y la Procura, la Universidad y los poderes públicos son conscientes de ello. Cada día son más los licenciados en Derecho que deciden voluntariamente prolongar su formación en un centro especializado.
Ficha
- Centro Docente:
- Facultad de Derecho
- Dirección:
- José Antonio Martín Pérez
- Tipo de Enseñanza:
- Presencial
- Duración:
- Un curso académico
- Nº de Horas:
- 800
- Título:
- Máster en práctica jurídica
- Nº de plazas de nuevo ingreso:
- Mínimo: 20. Máximo: 32
- Coste:
- 2.900 € (preinscripción 100 € y matrícula 2.800 €)