La Comisión Permanente del Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca aprobó el establecimiento de una reserva de plazas del 5% para estudiantes con un discapacidad acreditada del 33% o superior que inicien estudios de Máster oficial. Se garantizará, al menos, una plaza, sin redondeo al alza.
La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público es complementaria de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Abarca la legislación básica sobre sobre el régimen jurídico administrativo aplicable a todas las Administraciones públicas. Se ocupa de regular el funcionamiento interno de cada Administración y las relaciones entre ellas. Regula, entre otras cuestiones, los principios de actuación del sector público (los órganos de las administraciones públicas, la potestad sancionadora de la Administración, la responsabilidad patrimonial).Contiene normas sobre el funcionamiento electrónico del sector público y disposiciones en materia de convenios. Asimismo, abarca el régimen jurídico específico de la Administración General del Estado, con inclusión de la administración institucional y periférica.
Complementariedad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece una regulación completa y sistemática de las relaciones entre las Administraciones y los administrados. Generaliza la modalidad electrónica en estas relaciones y regula, entre otras cuestiones, la capacidad de obrar y el concepto de interesado, los derechos de los administrados en su relación con las Administraciones públicas, los sistemas de identificación y firma en el procedimiento administrativo y el procedimiento administrativo común. Se ocupa igualmente de la regulación de los actos administrativos, de, la notificación electrónica y del archivo único electrónico. Esta Ley es complementaria de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.