CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL (PTGAS LABORAL)
NORMATIVA - DIRECTORIO
Reglamento |Proceso único y extraordinario |
Publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca
REGLAMENTO DE LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL DEL PTGAS LABORAL
- Reglamento por el que se regula la carrera profesional horizontal del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Salamanca, aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 29 de febrero de 2024. BOCyL de 18 de marzo de 2024 (versión web)
PROCESO ÚNICO Y EXTRAORDINARIO DEL ARTÍCULO 13.1 DEL REGLAMENTO
RESOLUCIÓN de 19 de marzo de 2024 del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca el proceso único y extraordinario para el reconocimiento de las categorías profesionales en las que se divide el sistema de carrera profesional horizontal previsto en el “Reglamento por el que se regula la carrera profesional horizontal del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Salamanca”.
- Convocatoria
- Anexo I: Complementos retributivos
- Anexo II: Solicitud de reconocimiento de la categoría profesional
- Anexo III: Solicitud de informe de evaluación del desempeño
- Informe de evaluación del desempeño
Se establece el plazo de solicitud de reconocimiento de categoría personal del 20 de marzo al 15 de abril de 2024.
La persona interesada deberá presentar la "Solicitud de reconocimiento de la categoría profesional" y la "Solicitud de informe de evaluación del desempeño" debidamente cumplimentadas a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca en el plazo señalado.
Se indican algunas aclaraciones:
- Los servicios prestados como laboral serán tenidos en cuenta hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Los servicios prestados que excedan para el reconocimiento de categoría en el periodo extraordinario se acumularán para la solicitud del correspondiente tramo de carrera horizontal del periodo ordinario.
- Se debe solicitar la categoría más alta según la antigüedad como laboral y los años requeridos en cada categoría.
- Aquellos solicitantes que tengan alguno de los méritos complementarios reflejados en el punto B) del informe de evaluación del desempeño (Anexo IV), deberán justificarlos documentalmente acompañando a la solicitud contemplada en el Anexo III.