Son órganos de representación conjunta de los trabajadores en centros de trabajo pequeños. Constituyen la representación del personal en aquellas empresas o centros de trabajo que tengan menos de 50 y más de 10 trabajadores. En aquellas empresas que cuenten entre 6 y 10 trabajadores, podrá elegirse un delegado de personal si así lo decidieran los trabajadores por mayoría.