Estudiantes de titulaciones oficiales y propias de la Universidad, becarios de colaboración, otros estudiantes matriculados en actividades de formación permanente, matriculados en la Universidad de la Experiencia y egresados.
La presente orden tiene por objeto regular el desarrollo de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado para personas mayores de 25 años y para mayores de 45 años, así como crear la Comisión organizadora de estas pruebas de acceso, en la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 a 21 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Se regulan los procedimientos de matrícula en los estudios de Grado, Máster y estudios anteriores a la implantación del EEES (Licenciaturas, Diplomaturas, etc.)
Los procedimientos regulados en esta normativa se aplicarán a partir del curso 2013/2014 y sustituyen los acuerdos anteriores del Consejo de Gobierno al efecto
Este procedimiento entrará en vigor a partir de la aprobación por el Consejo Social del régimen de permanencia que sustituya al publicado por resolución de 19 de noviembre de 2009 de la Universidad de Salamanca (BOCYL de 1 de diciembre de 2009).
Con posterioridad a la aprobación de los Estatutos de la Universidad de Salamanca se modificaron la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades mediante la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León mediante la Ley 12/2010, de 28 de octubre. Como consecuencia de tales modificaciones, el Claustro Universitario de la USAL estimó necesario modificar sus Estatutos para adaptarlos a la nueva normativa. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 5 de mayo de 2011, aprobó la Modificación de los Estatutos de la Universidad de Salamanca.
Este Real decreto modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, para permitir a aquellos centros que hayan obtenido la acreditación institucional renovar la acreditación de las titulaciones oficiales que impartan sin necesidad de someterse al procedimiento previsto en dicho real decreto.
Tambié modifica la base quinta del artículo 4 del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las Instituciones sanitarias.
Esta norma ha sido publicada además en el BOE nº 135 de 07/06/2006.