EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA

NORMATIVA

  • R.D. 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
  • R.D. 74/2000, de 21 de enero, por el que se modifica parcialmente el R.D. 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
  • R.D. 1325/2002, de 13 de diciembre, por el que se modifica parcialmente el R.D. 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
  • Corrección de errores y erratas del R.D. 1325/2002, de 13 de diciembre, por el que se modifica parcialmente el R.D. 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
  • Orden de 2 de diciembre de 1994 por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora en desarrollo del R.D. 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
  • Orden de 16 de noviembre de 2000, por la que se actualiza la de 2 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora en desarrollo del R.D. 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
  • Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.. 


CONVOCATORIA

  • Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.
  • Requisitos: 6 años de actividad investigadora, realizada en régimen de dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Presentación de solicitudes:
    • - Plazo: Desde el 16 de enero de 2023 hasta el 6 de febrero de 2023.
    • - Presentación de solicitudes: Según lo dispuesto en el punto 5 de la Convocatoria.
  • Más información en: https://aneca.sede.gob.es 
  • Consultas relacionadas con esta convocatoria y con la aplicación informática de la misma: http://www.aneca.es/Contacto/ANECA_responde