La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece una regulación completa y sistemática de las relaciones entre las Administraciones y los administrados. Generaliza la modalidad electrónica en estas relaciones y regula, entre otras cuestiones, la capacidad de obrar y el concepto de interesado, los derechos de los administrados en su relación con las Administraciones públicas, los sistemas de identificación y firma en el procedimiento administrativo y el procedimiento administrativo común. Se ocupa igualmente de la regulación de los actos administrativos, de, la notificación electrónica y del archivo único electrónico. Esta Ley es complementaria de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.