NORMAS DE INSCRIPCIÓN Y MATRÍCULA-PRUEBAS MAYORES 45 AÑOS
Requisitos - Reclamaciones/Ver examen - Adaptación para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo - Opciones de acceso a Grados - Admisión - normativa
INSCRIPCIÓN
Plazo de matrícula: del 3 al 21 de febrero de 2025.
La inscripción (matrícula) se efectuará exclusivamente a través de la Sede electrónica de la Universidad de Salamanca https://sede.usal.es/web/guest/formularios-electronicos según los artículos 3.2, 4 y concordantes del reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la ley 39/2015 y de la Ley 40/2015 (BOCYL de 31 de octubre de 2016).
Instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud de inscripción:
Deberá acceder al apartado de “Formularios electrónicos” localizado dentro del menú principal de la Sede electrónica o en la siguiente dirección https://sede.usal.es/web/guest/formularios-electronicos.
Podrá acceder al Formulario electrónico a través de uno de los siguientes medios:
- Certificado digital de usuario de la FNMT o DNI electrónico
- Si no dispone de alguno de los anteriores tipos de identificación, accediendo al Registro Unificado de Solicitantes (RUS) en el siguiente link: https://identidad.usal.es/altatemporal/index.rus.php?origen=84473d99780b63ff576f286b76b70941. Una vez cumplimentado los datos solicitados, pulse sobre el botón rojo y se generarán las credenciales que serán enviadas al email indicado. Cuando vaya a identificarse para comenzar el formulario de inscripción deberá escoger, como método de autenticación, RUSUSAL
Documentación necesaria para la inscripción:
- Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte
- Recibo bancario original del abono de las tasas correspondientes y, en su caso, justificante de la exención
Precios de matrícula, según lo establecido en el DECRETO 8/2024, de 30 de mayo, de la Consejería de Educación. El importe de la matrícula se efectuará en el número de cuenta ES26/0049/1843/41/2610186421 del Banco Santander.
- Matrícula ordinaria: 91,54 euros
- Matrícula de miembros de familia numerosa categoría general: 45,77 euros
- Matrícula de miembros de familia numerosa categoría especial, estudiantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de actos de terrorismo, víctimas de violencia de género, estudiantes que sean hijos o hijas huérfanos de mujeres fallecidas por violencia de género, beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, o solicitantes y beneficiarios de Protección Temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania: 0 euros
Documentación acreditativa de la exención de tasas:
- Beneficiarios de familia numerosa: copia del título de beneficiario o del documento acreditativo de uso individualizado en vigor de acuerdo con lo dispuesto en el art. 2.5 del Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre) o copia de la solicitud de reconocimiento o renovación del título oficial de beneficiario (siempre que la resolución administrativa que se dicte sea favorable a tal reconocimiento o renovación).
- Estudiantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%: resolución o certificado acreditativo expedido por el IMSERSO, INSS, Ministerio de Economía y Hacienda, Ministerio de Defensa u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Víctimas de actos de terrorismo: documento acreditativo de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.
- Víctimas de violencia de género: resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima, sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el art. 2 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León Certificado, o Informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local (Ayuntamiento, Diputación Provincial, Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León), Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social o informe del Ministerio Fiscal.
- Estudiantes que sean hijos o hijas huérfanos de mujeres fallecidas por violencia de género: documento acreditativo en los términos previstos en el artículo 9.3 del Decreto 15/2018, de 31 de mayo, por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas víctimas de violencia de género en Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitarios.
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: resolución del Instituto Nacional de Seguridad Social, contemplada en el artículo 28.3 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital. Dicha resolución tiene que estar actualizada en el momento de realizar la inscripción en la prueba.
- Solicitantes y beneficiarios de Protección Temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania: certificado de vecindad administrativa o de empadronamiento, resguardo de la solicitud de Protección Temporal para personas desplazadas de Ucrania o Resolución de concesión de acuerdo con lo estipulado en la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.