Normativa de Movilidad Académica Internacional

Normativa

Resumen
La presente Normativa tiene por finalidad potenciar la movilidad internacional aclarando y fijando los procedimientos de gestión y coordinación en la Universidad de Salamanca y con otras instituciones de enseñanza superior para la implementación efectiva de los programas de movilidad.
Información adicional

 El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE 30/10/2007), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio (BOE 3/7/2010), indica en su artículo 6 que, con objeto de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, tanto dentro del territorio nacional como fuera de él, las universidades elaborarán y harán pública su normativa sobre el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos, con sujeción a los criterios generales establecidos en el mismo. La Universidad de Salamanca, para dar cumplimiento al mencionado precepto, aprobó en el Consejo de Gobierno del 4 de mayo de 2009 un primer reglamento al respecto, de aplicación a los estudios universitarios oficiales de Grado, Máster Universitario y Doctorado. Adicionalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado Real Decreto, la Universidad de Salamanca, se ha dotado de una Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad en su sesión de 27 de enero de 2011. El artículo 5 de dicha Normativa establece que se reconocerán todos los créditos superados por los estudiantes en universidades a las que asistan en el marco de un programa de movilidad, conforme a lo recogido en el correspondiente Acuerdo Académico, y que se considerarán incluidos en programas de movilidad aquellos estudios que se realicen al amparo de convenios interinstitucionales entre la Universidad de Salamanca (USAL) y otras Universidades u otras Instituciones de Educación Superior. Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2014 1 La presente Normativa se estructura sistemáticamente en cuatro Títulos. El Título I recoge las Disposiciones generales, el Título II regula el régimen de los estudiantes enviados desde la USAL, el Título III contempla el régimen de los estudiantes acogidos en la USAL, y el Título IV establece las normas para los estudiantes enviados en prácticas en empresas

Ámbito
Internacional
Sector de la comunidad universitaria
  • ESTUDIANTES
Área temática
  • Internacionalización
Fecha de aprobación
17/12/2014
Órgano emisor
Consejo de Gobierno
Medio de Publicación
Boletín de Acuerdos (USAL)
Fecha de publicación
17/12/2014
Vigente
SI