Respetando lo establecido en los Estatutos de la Universidad, este Reglamento recoge la composición y las competencias del Consejo de Gobierno así como su organización y régimen de funcionamiento en pleno y en comisiones. Establece además de la existencia de la Comisión Permanente, la capacidad del Consejo de Gobierno para concretar y definir las Comisiones Delegadas y proponer, si lo estima oportuno, la creación de Comisiones Asesoras. También recoge el procedimiento para la aprobación de Reglamentos y su modificación por el Consejo de Gobierno.
Esta modificación del Reglamento de Funcionamiento Interno del Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca tiene como objetivo principal dotar al órgano de gobierno de la máxima transparencia, permitiendo que sus sesiones sean transmitidas por medios electrónicos de forma similar a como ocurre con las sesiones del Claustro Universitario. Este cambio principal está incluido en el artículo 25. Se incluyen además algunos cambios adicionales para que el texto tenga una mayor precisión jurídica: - (art. 12 y 32) en lo que se refiere a la notificación y publicación de acuerdos y al régimen de recursos a los acuerdos. Estas modificaciones son relevantes para litigios en el Juzgado. - (art 19) sobre la remisión de la convocatoria y la documentación. - (art.23 y 30) algunas precisiones para cuando el Pleno se desarrolla por medios telemáticos y - una cláusula derogatoria.