Solicitud de Certificación Académica Personal de las Pruebas de Acceso
Si desea solicitar una Certificación Académica Personal de las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAEU, EBAU, Mayores de 25 años o mayores de 45 años) deberá:
1º.-Cumplimentar el siguiente formulario:
SOLICITUD CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL
Si lo solicita otra persona que no sea la interesada en el procedimiento, según establece la normativa vigente, deberá contar con autorización por escrito y fotocopia del DNI o equivalente:
2º.-Abonar las tasas correspondientes en el Banco Santander Central Hispano en el número de Cuenta indicado en el formulario anterior, y
3º.-Presentarlo en cualquiera de los siguientes lugares:
- En el Registro Único automatizado de la Universidad de Salamanca (Rectorado y Secretaría de cualquier Centro de la Universidad de Salamanca: Ávila, Béjar, Salamanca o Zamora).
- En la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca https://sede.usal.es/ accediendo a Registro electrónico.
- En cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro y Unidades Tramitadoras que puede localizar en el siguiente buscador: https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htm
El Certificado será remitido al correo electrónico indicado en la solicitud.
Exención de tasas y acreditación documental
Familias numerosas: estarán exentos del pago de precios públicos los miembros de familia numerosa de categoría especial y del 50% los miembros de familia numerosa de categoría general. Deberán acreditar esta condición mediante la presentación del título de beneficiario o carné individual de familia numerosa.
Estudiantes con discapacidad: estarán exentos del pago de precios públicos los alumnos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Deberán acreditarlo mediante certificado o resolución expedido por el órgano competente en esta materia.
Víctimas de actos de terrorismo: Estarán exentos del pago de precios públicos quienes tengan la condición de víctima de terrorismo en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León. La condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse al solicitar el servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Ley.
Víctimas de violencia de género: Estarán exentos del pago de los precios públicos las personas víctimas de violencia de género de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género de Castilla y León. Está condición se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada Ley.
Contacto
Ext. 6013, 1183, 1116, 1112