Trámites Administrativos

Preinscripción y matrícula

En el curso 2015/16 sólo tienen obligación de realizar preinscripción del 7 de abril al 11 de septiembre, los alumnos de nuevo ingreso en Programas de Doctorado regulados por el R.D. 99/2011. Esta preinscripción se presentará únicamente en correo electrónico dirigido a la dirección n.doctor@usal.es donde se adjuntará una única carpeta en archivo, que llevará el nombre del interesado y del Programa de Doctorado donde realice la preinscripción, y que incluirá la documentación exigida de forma numerada.

Una vez admitidos en el Programa, deberán formalizar la matrícula y presentar la documentación exigida (original y copia) en la Administración de la Escuela de Doctorado (Edificio I+D+i, C/ Espejo nº 2, 37007 Salamanca) del 5 al 9 de octubre de 2015.

A continuación se detallan las fechas para el resto de alumnos

Doctorado regulado por el R.D. 99/2011

Todos los alumnos de nuevo ingreso, deberán formalizar su matrícula en estos doctorados.

Los alumnos con titulaciones ajenas al Espacio Europeo de Educación Superior deberán solicitar el acceso para alumnos con títulos de educación extranjero (Información sobre trámites de acceso para alumnos con titulación extranjera).

 

Doctorado regulado por el R.D. 1393/2007

Los estudios regulados por este Real Decreto deberán quedar completamente extinguidos con anterioridad al 30 de septiembre de 2017, por lo que los alumnos matriculados en estos programas de doctorado deberán defender la Tesis antes de esa fecha.

No es necesario realizar la preinscripción en el programa, pero el impreso de matrícula deberá estar firmado por el director de tesis del alumno.

 

Anulación de matrícula

 

 

Tesis Doctoral

Toda la información necesaria para la elaboración de la tesis doctoral se encuentra en el siguiente enlace

 

Otros trámites

  • Equivalencia al nivel académico de Doctor

El Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre establece en su disposición adicional quinta este procedimiento que sustituye a la homologación del título de doctor.

Normativa de la Universidad de Salamanca para la "Equivalencia a nivel académico de doctor" aprobada en Consejo de Gobierno de 28 de mayo de 2015.

Esta equivalencia al nivel académico de Doctor, no implica, en ningún caso, la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento de otro u otros títulos extranjeros de los que esté en posesión el interesado, ni el reconocimiento en España a nivel distinto de Doctor

 - Solicitud

 - Documentos que acompañan a la solicitud:

  1. Copia compulsada del DNI o Pasaporte
  2. Copia compulsada del Título de Doctor
  3. Certificado de la calificación obtenida y de los miembros que formaban el Tribunal
  4. Ejemplar de la tesis doctoral, visado por la Universidad de origen
  5. Memoria explicativa de la tesis realizada
  6. Certificación académica de los estudios que permitieron la obtención del Título de Doctor
  7. Acreditación del pago de la tasa


Los documentos deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya. A efectos de lo dispuesto sobre aportación de copias compulsadas, la legalización o apostilla deberán figurar sobre el documento original, antes de la realización de la copia que se vaya a compulsar. Este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

 

 

  • Legalización de documentos emitidos por la Usal para que surtan efectos en el extranjero:
  1. Procedimiento general
  2. Direcciones de los notarios para el reconocimiento de firmas
  • Legalización del certificado supletorio provisional de Títulos de Doctor de estudios regulados por el R.D. 1393/2007.

El interesado deberá entregar esta solicitud junto con el resto de documentación para la solicitud del título en la Administración de Escuelas de Doctorado. Una vez obtenido el Número de Registro Nacional de Títulos (NRN), se podrá expedir el certificado supletorio provisional para que sea legalizado según el procedimiento general.