Este documento ordena el procedimiento interno para la elaboración de propuestas de títulos oficiales de Grado, Máster Universitario y Doctorado, a fin de lograr una oferta de enseñanzas oficiales flexible, sostenible, pertinente y de calidad en el marco de los Estatutos de la universidad de Salamanca (EUSAL) y de su Plan Estratégico, conforme con los protocolos de evaluación para la verificación que aplica la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.
La puesta en marcha de las nuevas titulaciones oficiales de Grado y Máster en la Universidad Española conlleva importantes cambios de cultura universitaria que giran en torno a una enseñanza centrada en el aprendizaje y en la adquisición de competencias y que asume la docencia como una responsabilidad compartida entre todos, para lo cual se hace necesaria una buena coordinación docente. Caben por tanto nuevas figuras de coordinación que la Universidad de Salamanca intenta desarrollar con la definición de la coordinación de titulaciones, de la coordinación de curso y, en aquellas titulaciones que lo precisen, de la coordinación de asignatura y la coordinación de prácticum.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, con sus diversas modificaciones, flexibiliza la organización de los programas formativos conducentes a títulos oficiales, permitiendo que las universidades aprovechen su capacidad de innovación, sus fortalezas y oportunidades, y evitando la inmovilización de un catálogo de titulaciones, como el que estaba establecido hasta ese momento.
Esa flexibilidad tiene que estar sujeta a una adecuada planificación de las universidades, que tienen que definir la organización, estructura y coordinación del mapa de titulaciones oficiales, garantizando una oferta de enseñanzas de calidad reconocida a nivel regional, nacional e internacional, la cual esté basada en los principios de flexibilidad, sostenibilidad y pertinencia, siempre acorde con las infraestructuras y los recursos técnicos y humanos recursos disponibles.
Con este objetivo, la Universidad de Salamanca, como institución de educación superior, adopta las medidas adecuadas para disponer, en cada curso académico, de una oferta de Másteres oficiales con la que se dé continuidad a las inquietudes formativas de los estudiantes de Grado y, se les prepare, cuando proceda, para acceder a estudios de Doctorado.
Este Real Decreto deroga el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero.
Con fecha 11 de diciembre de 2015 se publicó la Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, por la que se dictan normas de desarrollo y aplicación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en lo que respecta a los procedimientos para la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.
La presente normativa tiene por objeto regular los procedimientos de acceso y admisión de las personas mayores de 40 años que acrediten experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza, conforme a lo previsto al respecto en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
La presente orden tiene por objeto regular el desarrollo de las pruebas de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado para personas mayores de 25 años y para mayores de 45 años, así como crear la Comisión organizadora de estas pruebas de acceso, en la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 a 21 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Este real decreto modifica el real decreto 1393/2007, de 29 de octubre y el real Decreto 99/2011, de 28 de enero.