La presente Orden tiene por objeto regular, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 20 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, el acceso a la universidad española de los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se haya suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, siempre que dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades.
Derogada por Orden ECD/42/2018, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para el curso 2017/2018.
Por Resolución de 3 de marzo de 2014, de la Secretaría General de Universidades se modifican los anexos I y IV de esta Orden por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 8 de mayo, de Educación. http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/11/pdfs/BOE-A-2014-2600.pdf
El acta 1/2014 la Comisión mixta de evaluación de correspondencias del Convenio Específico de Colaboración entre la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas al análisis de correspondencias entre estudios de formación profesional de grado superior y estudios universitarios de grado.
La Comisión Mixta de Evaluación de Correspondencias se reune anualmente para establecer las correspondencias entre estudios de formación profesional de grado superior y estudios universitarios de grado, los acuerdos adoptados se recogen en las correspondientes actas.
El acta 1/2013 la Comisión mixta de evaluación de correspondencias del Convenio Específico de Colaboración entre la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas al análisis de correspondencias entre estudios de formación profesional de grado superior y estudios universitarios de grado.
El acta 1/2012 la Comisión mixta de evaluación de correspondencias del Convenio Específico de Colaboración entre la Comunidad de Castilla y León y la Universidad de Salamanca para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas al análisis de correspondencias entre estudios de formación profesional de grado superior y estudios universitarios de grado.
La Comisión de Docencia, delegada del Consejo de Gobierno, asumiendo su función de coordinación de criterios de actuación de las COTRARET en su sesión ordinaria celebrada el día 20 de julio de 2015, acordó modificar el acuerdo de esta comisión de fecha 14 de abril de 2015 e informar favorablemente la propuesta presentada por los miembros de la Mesa de Política Lingüística, consistente en el reconocimiento del aprendizaje de idiomas superado en centros universitarios.
De acuerdo con el artículo 46.2.i) de la ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los estudiantes podrán obtener el reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. El catálogo aquí contenido incluye todas estas actividades.