Regula el sistema para obtener el Grado de Licenciatura y de Diplomatura de la Universidad de Salamanca. Describe las características que debe tener el trabajo, experimental o teórico, así como los requisitos académicos y administrativos para su obtención. Se establecen las normas para su defensa y evaluación.
Fue aprobado en las sesiones de Junta de Gobierno de 26 y 27 de julio de 1990, modificado en las sesiones del 31 de octubre de 1996, 26 de junio de 1997, 29 de noviembre y 21 de diciembre de 2000. La normativa para la concesión de los Premios Extraordinarios de Grado y Máster en la Universidad de Salamanca de 28 de marzo de 2012 modifica el Título III de este Reglamento
Esta norma modifica el Título III. Del Premio extraordinario de Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica, Licenciatura e Ingeniería de la Universidad de Salamanca
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2001, de la Universidad de Salamanca, por la que se modifica la del 20 de junio de 2001 por la que se publica el Reglamento del Servicio de Colegios Mayores, Residencias y Comedores de la Universidad de Salamanca (BOCYL nº 210, 16/10/2001). Se trata de una simple corrección de errores.
El documento regula los sistemas de evaluación y calificación del aprendizaje de los estudiantes en las enseñanzas de la Universidad conducentes a títulos oficiales y propios, así como el régimen de convocatorias, programación y comunicación, tipos de pruebas, nombramiento de tribunales, tribunales especiales y extraordinarios y revisión de calificaciones.
El presente real decreto tiene por objeto regular el Esquema Nacional de Interoperabilidad establecido en el artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, el cual comprenderá los criterios y recomendaciones de seguridad, normalización y conservación de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones públicas para asegurar un adecuado nivel de interoperabilidad organizativa, semántica y técnica de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias y para evitar la discriminación a los ciudadanos por razón de su elección tecnológica.
Este real decreto tiene por objeto regular el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante, ENS), establecido en el artículo 156.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El ENS está constituido por los principios básicos y requisitos mínimos necesarios para una protección adecuada de la información tratada y los servicios prestados por las entidades de su ámbito de aplicación, con objeto de asegurar el acceso, la confidencialidad, la integridad, la trazabilidad, la autenticidad, la disponibilidad y la conservación de los datos, la información y los servicios utilizados por medios electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.