Estudiantes de titulaciones oficiales y propias de la Universidad, becarios de colaboración, otros estudiantes matriculados en actividades de formación permanente, matriculados en la Universidad de la Experiencia y egresados.
Se regulan los procedimientos de matrícula en los estudios de Grado y Máster.
Los procedimientos regulados en esta normativa se aplicarán a partir del curso 2017/2018 y sustituyen a los acuerdos anteriores del Consejo de Gobierno al efecto
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 7.4 del Real Decreto 412/82014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, y en el Acuerdo de 27 de marzo de 2017 de la Comisión Coordinadora de Distrito Único de Castilla y León sobre la admisión en las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las universidades públicas de Castilla y León, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca en su reunión de 30 de marzo de 2017, acordó aprobar los parámetros de ponderación de las materias de la fase específica (Anexo I) para el cálculo de la nota de admisión a enseñanzas universitarias oficiales de Grado para el curso 2017-2018.
Estas ponderaciones se aplicarán únicamente a estudiantes que superaron estas materias en el curso 2015/2016.
1. El objeto de la presente resolución es establecer las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros, y de las enseñanzas a distancia, en el curso 2019-2020.
2. Estas adaptaciones se establecen asegurando, en todo caso, la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.
El objeto de este Acuerdo es la aprobación de las normas y plazos para la gestión del proceso común de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado de las universidades públicas de Castilla y León para el curso académico 2017-2018.
La presente orden tiene por objeto la creación de la Comisión organizadora de la evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad de Castilla y León y el establecimiento de determinados aspectos de la evaluación.
El Reglamento de Patentes y otros Derechos de Propiedad Industrial de la USAL tiene por objeto, en primer lugar, establecer las normas internas de atribución de la titularidad de los resultados de la investigación alcanzados por el personal investigador de la Universidad de Salamanca que puedan ser protegidos a través de Derechos de Propiedad Industrial (patentes, modelos de utilidad u otros) así como de las bases de datos y programas de ordenador. Regula también las obligaciones y los derechos del personal investigador en relación con tales resultados y las condiciones de la participación de los investigadores en los beneficios derivados de su explotación comercial.
La presente orden tiene por objeto determinar:
a) Las características, el diseño y el contenido de la prueba de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad.
b) Las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas.
El Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre modifica el calendario de implantación de la ley orgánica 8/2013 de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Sistema Estadístico que da cobertura a las necesidades estadísticas que se plantean en el Sistema Universitario actual, diseñándose para ello mecanismos que permitar garantizar la fiabilidad y comparabilidad de los datos, tanto en sus definiciones y metodologías de cálculo, como, y especialmente, en sus procesos de validación a aplicar.