Tablas Salariales (Año 2012)
Las retribuciones para el año 2012 son iguales a las que figuran en las tablas de 2011, con la salvedad de las medidas del Real Decreto-ley 20/2012 que a continuación se detallan:
- Personal funcionario y PDI laboral con derecho a percepción de dos pagas extraordinarias al año: se suprime en su totalidad la paga extraordinaria del mes de diciembre.
- Personal laboral que venía percibiendo tres pagas extraordinarias durante el año: se mantiene el derecho a la totalidad de la paga extraordinaria de diciembre, pero se reduce una catorceava parte del total de retribuciones anuales.
- Personal sin derecho a pagas extraordinarias o que venía percibiéndolas prorrateadas en el salario mensual: reducción de una catorceava parte del total de retribuciones anuales.
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